En el nuevo artículo 361 de la CPC,
producto del acto legislativo, crea los fondos de Ciencia, Tecnología e innovación
(FCT), de Desarrollo Regional (FDR), de Compensación Regional (FCR) y de Ahorro
y Estabilización (FAE); se mantiene la denominación de Asignaciones Directas
(AD), para los recursos asignados a aquellos municipios y departamentos en cuyo
territorio se explotan Recursos Naturales no Renovables (RNNR) o zonas
portuarias por donde transitan dichos recursos y se asignaron recursos para las
obligaciones pensionales territoriales (APT) los cuales nutren el Fondo
Pensional Territorial (FONPET). El
artículo constitucional modificado especifica la ponderación de los recursos
del Sistema en cada uno de los fondos y asignaciones.
“10% para el
Fondo de Ciencia Tecnologia e innovación; un 10% para ahorro pensional
territorial, y hasta un 30% para el Fondo de Ahorro y Estabilización. Los
recursos restantes se distribuirán en un porcentaje equivalente al 20% para las
asignaciones directas… y un 80% para fondos de Compensación Regional y de
Desarrollo Regional. Del total de los recursos destinados a estos dos últimos
Fondos, se destinará un porcentaje equivalente al 60% para el Fondo de
Compensación Regional y un 40% para el Fondo de Desarrollo Regional.
… 2% para
fiscalización de la exploración y explotación de los yacimientos y el
conocimiento y cartografía geológica del subsuelo. Este porcentaje se
descontará en forma proporcional del total de los ingresos del SGR…” (Acto
legislativo 005, 2011).